Nueva obligación: REGISTRO JORNADA DE TRABAJO

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A partir del próximo 8 de mayo de 2019, resultará obligatorio el registro diario de la jornada de trabajo.

Con el Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo se han aprobado varias medidas entre las cuales se encuentra la modificación del artículo 34 del Estatuto de los trabajadores, añadiendo un nuevo apartado 9, con la siguiente redacción:

 «9. La empresa garantizará el registro diario de jornada, que deberá incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada persona trabajadora, sin perjuicio de la flexibilidad horaria que se establece en este artículo. Mediante negociación colectiva o acuerdo de empresa o, en su defecto, decisión del empresario previa consulta con los representantes legales de los trabajadores en la empresa, se organizará y documentará este registro de jornada. La empresa conservará los registros a que se refiere este precepto durante cuatro años y permanecerán a disposición de las personas trabajadoras, de sus representantes legales y de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.»  

Así que, a partir del 8 de mayo de 2019, su empresa debe garantizar el registro diario de la jornada, que deberá incluir el horario concreto de inicio y de finalización de la jornada de trabajo de cada trabajador, debiéndose guardar los registros generados durante 4 años.

El incumplimiento de esta obligación será considerada como infracción grave, sancionable con multa de 626 a 6.250 €.

¿Cómo realizar este registro?

No se preocupe, no es complicado. En cuanto a la forma del registro de la jornada, éste se podrá efectuar dependiendo de las circunstancias de los trabajadores y de los centros de trabajo mediante varios sistemas, de forma que la empresa en todo momento tenga detalle de la presencia diaria de cada trabajador.

Para ello,  pueden utilizar aplicaciones ya existentes en el mercado o bien efectuar los registros por cualquier sistema propio que consideren y que se consensue con los trabajadores o sus representantes, por ejemplo, una plantilla Excel.

 

Revierta la obligación en un beneficio para su empresa. Una vez instalado el proceso, el análisis de sus registros puede ayudarle en la gestión de su negocio.

Quedamos a su disposición para cualquier consulta

Un cordial saludo. 

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